¿Me pueden despedir estando de baja médica en 2026?
Es uno de los mayores miedos de cualquier trabajador en España. Tienes un accidente, te enfermas de gravedad, el médico te da el papel de la Incapacidad Temporal (IT), y de repente el teléfono suena: es tu jefe o Recursos Humanos para notificarte el despido. ¿Es esto legal?
Hasta hace muy poco, la respuesta era "Depende". Pero con la popularización de la Ley 15/2022 (Ley de Igualdad de Trato y No Discriminación) y las últimas sentencias judiciales de 2026, el panorama ha cambiado radicalmente a favor del empleado. Vamos a desmentir los mitos y explicarte qué ocurre con tu nómina y tus ingresos.
La respuesta corta: SÍ te pueden despedir, pero...
El despido estando de baja médica es posible de facto. La empresa puede enviarte hoy mismo un burofax o una carta de despido disciplinario u objetivo aunque estés en casa recuperándote. Estar de baja no te otorga un "escudo mágico" de inmunidad laboral absoluta.
Sin embargo, el truco está en el motivo real del despido y en las brutales consecuencias que tiene para la empresa si lo hacen mal.
El despido Nulo: Tu gran protección legal
Desde la aprobación de la mencionada Ley 15/2022, la enfermedad se considera oficialmente un supuesto de posible discriminación. ¿Qué significa esto en un juicio?
Que si la empresa te despide precisamente PORQUE estás de baja y no puedes ir a trabajar, ese despido es legalmente NULO.
¿Qué ocurre si el juez declara el despido Nulo?
- La empresa está obligada a readmitirte inmediatamente en tu mismo puesto de trabajo.
- Te tienen que pagar los salarios de tramitación: es decir, todos los meses de sueldo que dejaste de cobrar íntegros desde el día que te echaron hasta el día que sale la sentencia del juez.
- Es el escenario más catastrófico para el empresario y el de mayor protección para tus finanzas personales.
Otras vías: Despido Improcedente o Procedente
No todos los casos acaban en readmisión (Despido Nulo). Hay dos excepciones claras en las que puedes perder tu trabajo durante una baja:
1. Despido Procedente
Imagina que la empresa te ha cogido robando dinero de la caja el lunes, y el martes te das de baja por ansiedad. La empresa puede despedirte por motivos disciplinarios el miércoles. Si demuestran que el robo es cierto, tu baja médica no te salva: el despido es procedente y te vas a la calle sin indemnización.
Lo mismo ocurre en EREs (Expedientes de Regulación de Empleo) o cierres totales de la compañía. Si la empresa quiebra, te despiden, y tu baja médica es indiferente al caso general.
2. Despido Improcedente
Si la empresa te despide sin una causa justificada real alegando un motivo vago (e.g. "baja productividad"), pero no te logran discriminar lo suficiente como para un Despido Nulo, se declarará Improcedente.
Ahí, no recuperas el trabajo, pero la empresa te tiene que soltar la indemnización máxima legal (33 días de salario por año trabajado) junto con la cuota principal de tu finiquito habitual.
¿Sigo cobrando el porcentaje de la baja si me despiden?
Sí. No te quedas en la calle a coste cero.
Aunque la relación laboral con tu empresa termine el día 15 del mes mediante el burofax de despido, si tú sigues con el diagnóstico médico y el justificante de IT, pasarás a cobrar la prestación económica de incapacidad directamente de la Mutua de la empresa o del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Tu ingreso mensual estará garantizado mientras el médico no te dé el alta oficial. Cuando te den el alta médica, será entonces cuando pases legalmente a la situación legal de desempleo y podrás solicitar el subsidio del paro.
🚨 Consejos vitales si te ocurre:
1. No firmes NADA enviado por RRHH sin añadir la frase "No Conforme" y la fecha.
2. Tienes solo 20 días hábiles desde el burofax para demandar a la empresa. Contacta con un abogado o sindicato inmediatamente.
TuDinero