Llega el mes de abril. Es época de campaña de la Renta en España. Tú miras tu vida laboral del año pasado y recuerdas que estuviste trabajando 8 meses en una empresa, te despidieron, y los últimos 4 meses cobraste la prestación por desempleo (el paro).

Un amigo te dice en el bar: "Uy, has tenido dos pagadores, te toca hacer la Declaración sí o sí y prepárate que vas a pagar a Hacienda". ¿Es esto verdad o es otro de los grandes mitos de bar y cuñados? Vamos a ver qué dice exactamente la Ley de IRPF.

El SEPE es un pagador más (Y de los peores)

Lo primero que debes grabarte a fuego en la mente es que para Hacienda, el SEPE (el Paro) cuenta oficial y legalmente como un pagador más. Exactamente igual que si hubieras trabajado en McDonald's o Zara.

El problema colosal del SEPE es que, por defecto, apenas te retiene IRPF en tus nóminas mensuales del paro. Suele retener un 0% o un 2% simbólico. Te dan todo el dinero íntegro para "ayudarte" en el momento de desempleo, pero luego en abril... Hacienda vendrá a reclamar esa retención que no te quitaron en su día.

La Regla de los Límites para estar obligado

Para saber si estás verdaderamente legalmente obligado a presentar el borrador de la renta (y no pagar multas), tienes que mirar cuánto dinero ganaste en total (Salario + Paro) durante el año pasado:

Caso 1: Has ganado menos de 15.000€ en todo el año

Si la suma de TODOS tus ingresos brutos (lo que ganaste en tu empresa + el dinero que recibiste del paro) no supera la barrera de los 15.000 euros anuales, NO ESTÁS OBLIGADO a hacer la Declaración de la Renta. Da igual que hayas tenido 2 pagadores o 40 pagadores. Estás exento y no te pueden multar.

Caso 2: Has ganado entre 15.000€ y 22.000€

Aquí es donde entra la trampa mortal de los "Dos Pagadores". Si tus ingresos anuales caen en esta franja, estarás obligado a presentar la declaración SOLO SI cobraste más de 1.500€ de tu segundo pagador (el SEPE o una segunda empresa).

Ejemplo Letal: Pedro ganó 17.000€ en su empresa. Le echaron en octubre y cobró 3 meses de paro (unos 3.000€ en total). Como la suma total es 20.000€ (menos de 22.000€), y de su segundo pagador (el SEPE) cobró más de 1.500€... Pedro tiene la obligación legal ineludible de presentar la Renta.

Y como el SEPE casi no le retuvo IRPF en esos meses, le saldrá casi seguro "A Pagar" (tendrá que devolverle dinero al Estado).

Caso 3: Has ganado más de 22.000€

Si la suma total anual de tus ingresos supera los 22.000 euros, tienes que presentar la Declaración obligatoriamente siempre. Hayas tenido un solo pagador para toda la vida o hayas tenido cien pagadores distintos contando el paro.

Conclusión: Simula antes de firmar

Incluso si los límites te salvan y dicen que no estás obligado a presentarla, MI CONSEJO DE ORO ES: Entra en la web de la Agencia Tributaria y haz el borrador. Es decir, haz la simulación gratuita sin llegar a darle al botón final de confirmar.

A veces, por tus retenciones o situación familiar, el resultado puede salirte mágicamente "A Devolver" (Hacienda te debe 300€). Si no estás obligado a presentarla, pero te sale a devolver, ¡preséntala para cobrar ese ingreso extra!

Y si el borrador sale horroroso y te dicen que tienes que pagar 800€, pero estás por debajo del límite de obligación legal de presentarla... simplemente cierra la pestaña del navegador, no confirmes nada y la Agencia Tributaria no te reclamará un duro.